Horas extra en la farmacia: límites, pago y cómo registrarlas

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Una guardia que se alarga, una baja que hay que cubrir, una apertura en festivo… En la farmacia las horas extra aparecen más de lo que parece. Te contamos qué límites marca la ley, cómo se compensan según el convenio de farmacia y cómo dejarlas bien registradas.

Qué es una hora extra

Es cada hora trabajada por encima de la jornada ordinaria máxima (artículo 35.1 del Estatuto de los Trabajadores). En la farmacia, esa jornada la marca el convenio: te lo explicamos en nuestra guía de la jornada laboral.

Los límites de la ley

  • Máximo de 80 horas extra al año (artículo 35.2). Si la jornada del trabajador es inferior a la general, el límite se reduce en proporción.
  • Las compensadas con descanso dentro de los cuatro meses siguientes no cuentan para ese límite.
  • Son voluntarias, salvo que se hayan pactado en el convenio o en el contrato (artículo 35.4).
  • El personal a tiempo parcial no puede hacer horas extra, salvo para prevenir o reparar siniestros o daños urgentes (artículo 12.4.c). Para ellos existen las horas complementarias, que necesitan un pacto por escrito.
  • Los trabajadores nocturnos no pueden hacer horas extra (artículo 36.1).

Cómo se compensan según el convenio de farmacia

El XXV Convenio estatal de oficinas de farmacia (artículo 24) prevé que las horas extra se compensen de común acuerdo, pagándolas según las tablas del convenio o con tiempo de descanso. Si se compensan con descanso, cada hora extra equivale a:

  • Diurna en día laborable: 1 hora y 45 minutos de descanso.
  • Diurna en festivo: 2 horas.
  • Nocturna en día laborable: 2 horas.
  • Nocturna en festivo: 2 horas y 30 minutos.

Si se pagan, se abonan en la nómina del mes siguiente; si se compensan con descanso, hay que disfrutarlo dentro de los tres meses siguientes. Recuerda también que, si la farmacia abre la tarde del 24 o del 31 de diciembre o la mañana del Sábado Santo, esas horas se compensan como extraordinarias.

Cómo registrarlas

La jornada se registra día a día y se totaliza en el periodo de pago, y el trabajador debe recibir una copia del resumen junto con su nómina (artículo 35.5). Si no hay un registro de jornada fiable, es muy difícil demostrar cuántas horas extra se hicieron, tanto para la farmacia como para el empleado.

Cómo hacerlo con Farmatime

En Farmatime cada fichaje queda guardado con su hora y, en la ficha de cada empleado, ves las horas previstas, las trabajadas y la diferencia de cada día. Así detectas las horas extra en cuanto se producen y puedes exportar los registros para la nómina o la gestoría.

Descarga Farmatime en Google Play. La versión para iOS llegará muy pronto.

Fuentes: Estatuto de los Trabajadores y XXV Convenio colectivo estatal de oficinas de farmacia (BOE-A-2022-23018). Si tu farmacia tiene convenio propio de su zona, revisa lo que dice. Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento de tu gestoría o de un abogado laboralista.